Ley 25.882 - Modificación del Artículo 166 del Código Penal
Fecha de sanción: 07/04/2004. Publicada en Boletín Oficial: 26/04/2004
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1
ARTICULO 1º - Sustitúyese el artículo 166 del Código Penal por el siguiente: Artículo 166.- Se aplicará reclusión o prisión de CINCO a QUINCE años: 1. Si por las violencias ejercidas para realizar el robo, se causare alguna delas lesiones previstas en los artículos 90 y 91. 2. Si el robo se cometiere con armas, o en despoblado y en banda. Si el arma utilizada fuera de fuego, la escala penal prevista se elevará en untercio en su mínimo y en su máximo. Si se cometiere el robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudieratenerse de ningún modo por acreditada, o con un arma de utilería, la pena será deTRES a DIEZ años de reclusión o prisión.
Artículo 2
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
FIRMANTES
CAMAÑO-SCIOLI-Rollano-Estrada
Palabras clave: argentina, codigo penal, leyes