Ley Nº 26032
18 de Mayo de 2005
Estado de la Norma: Vigente
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DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 16 de Junio de 2005
Boletín Oficial: 17 de Junio de 2005
ASUNTO
SERVICIO DE INTERNET - Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
GENERALIDADES
Cantidad de Artículos: 3
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TEMA
INTERNET-LIBERTAD DE EXPRESION
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
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Artículo 1:
ARTICULO 1° - La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
Artículo 2:
ARTICULO 2° - La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3:
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
-REGISTRADA BAJO EL N° 26.032- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
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FIRMANTES
EDUARDO O. CAMAÑO. - MARCELO A. GUINLE. - Eduardo D. Rollano. - Juan Estrada.